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ASÍ QUEDA LA TARIFA PLANA PARA AUTÓNOMOS

11.06.2015 15:37

Los nuevos autónomos pueden beneficiarse sin ningún problema de la tarifa de 50 euros de cotización a la Seguridad Social durante los seis primeros meses. La única condición es que durante los últimos cinco año no "hayan estado de alta en el régimen especial de trabajadores por cuenta propia", tal y como apunta la asesora para empresas Ana Yáñez.

 

La duración de la bonificación varía en función de la edad del trabajador autónomos. En el caso de los menores de 30 años, durará 30 meses y la reducción se hará de la siguiente manera:

· Reducción del 80% durante los seis primeros meses.

· Reducción del 50% durante los siguientes seis meses.

· Reducción del 30% durante los 18 siguientes meses.

En el caso de que los futuros autónomos tengan más de 30 años, la bonificación durará 18 meses y la reducción se hará de esta manera:

· Reducción del 80% durante los seis primeros meses.

· Reducción del 50% durante los siguientes seis meses.

· Reducción del 30% del mes 12 al 18.

Todos los trabajadores que deseen hacerse autónomos en estos momentos verán como se ahorrarán una buena cantidad de dinero respecto a los trabajadores por cuenta propia que llevan un tiempo cotizando. La cuota mensual de los autónomos es de 264,44 euros (actualizado a 1 de enero de 2015), pero si aplicamos las bonificaciones, como explica Ana Báñez, el ahorro quedaría así:

· Con la reducción del 80%, el ahorro sería de 211,2 euros al mes.

· Con la reducción del 50%, el ahorro sería de 132,22 euros al mes.

· Con la reducción del 30%, el ahorro sería de 79,33 euros al mes.

De esta manera, el ahorro para un autónomo con menos de 30 años sería de más de 3.450 euros durante los 30 meses que dura la bonificación, mientras que para los mayores de esta edad, sería mayor a 2.515 euros durante los 18 meses que dura la ayuda. Se privará de esta tarifa plana en los siguientes casos:

 

· Cuando sea administrador de alguna sociedad.

· Si ha estado dado de alta com autónomo durante los últimos cinco años.

· Se trate de un autónomo colaborador, en el régimen especial para familiares de autónomos.

· Que haya recibido alguna bonificación anterior en el régimen especial de trabajadores autónomos.